Factura simplificada vs ticket: cuándo emitir cada uno
Qué es una factura simplificada
Una factura simplificada es la que sustituye a la factura completa en operaciones de menor cuantía o sectores específicos donde la información completa del cliente no es exigible. La regula el artículo 7 del RD 1619/2012. Tiene los mismos efectos fiscales que una factura completa, pero con menos datos obligatorios. La diferencia con el ticket de TPV tradicional es que la simplificada está reconocida formalmente por la normativa, mientras que «ticket» es el nombre común que se le da en el lenguaje cotidiano.
El malentendido del «ticket»
En la legislación española actual, el término «ticket» como tal ya no existe como documento fiscal independiente desde 2013. Lo que antes se llamaba ticket pasó a denominarse factura simplificada, con condiciones más estrictas. Aunque el comercio sigue usando la palabra ticket, formalmente se trata de una factura simplificada que cumple (o no) los requisitos del RD 1619/2012.
Cuándo se puede emitir factura simplificada
El artículo 4.1 del RD 1619/2012 enumera los casos en los que se puede emitir simplificada en lugar de completa. La regla general es importe inferior a 400 € (IVA incluido), y hay sectores específicos con umbrales superiores hasta 3.000 €. Importante: el cliente puede exigir factura completa siempre, incluso en operaciones que admiten simplificada, si la necesita para deducirse el IVA o el gasto.
| Caso | Umbral | Sector |
|---|---|---|
| General | ≤ 400 € IVA incluido | Cualquier actividad |
| Rectificativa simplificada | Sin límite | Cuando rectifica una simplificada |
| Hostelería y restauración | ≤ 3.000 € IVA incluido | Bares, restaurantes |
| Transporte de personas | ≤ 3.000 € IVA incluido | Taxi, autobús |
| Aparcamientos y peajes | ≤ 3.000 € IVA incluido | Movilidad |
| Tintorerías y peluquerías | ≤ 3.000 € IVA incluido | Servicios personales |
| Ventas a distancia | ≤ 3.000 € IVA incluido | E-commerce |
Datos obligatorios de una simplificada
El artículo 7.1 del RD 1619/2012 lista los datos mínimos. Cualquier simplificada debe llevar todos estos campos para ser válida. Si falta uno, formalmente no es factura y la inspección puede rechazarla como justificante.
- Número y serie: consecutivo dentro de la serie de simplificadas.
- Fecha de expedición: y, si distinta, fecha de la operación.
- NIF del emisor: y nombre o razón social.
- Identificación del bien o servicio: descripción suficiente.
- Tipo de IVA aplicado: al menos uno indicado.
- Contraprestación total: precio final con IVA incluido o desglosado.
- En rectificativas: referencia a la simplificada original y motivo.
Diferencias frente a la factura completa
La factura completa exige más datos que la simplificada, especialmente sobre el receptor. Si tu cliente quiere deducirse IVA o gasto, necesita factura completa con su NIF. Si es particular sin necesidad de deducir, la simplificada vale.
| Dato | Completa | Simplificada |
|---|---|---|
| NIF emisor | Obligatorio | Obligatorio |
| NIF receptor | Obligatorio | Solo si cliente lo pide para deducir |
| Razón social receptor | Obligatorio | Solo si cliente lo pide |
| Domicilio receptor | Obligatorio | Solo si cliente lo pide |
| Base imponible | Desglosada | Indicada o suma con IVA |
| Tipo IVA | Por línea | Indicado en total |
| Cuota IVA | Desglosada | Indicada o calculable |
Cuando el cliente es empresa o autónomo
Aquí está el filo de la navaja. Si emites una simplificada y el cliente luego dice que necesita factura completa para deducirse, tienes que añadir sus datos. La simplificada original puede modificarse mediante rectificativa simplificada en la que se añadan los datos del receptor (NIF, dirección, razón social) o emitirse una nueva factura completa que sustituya. La práctica recomendada es preguntar al cliente al emitir si la quiere completa, evitando rectificativas posteriores.
Sector hostelería y servicios
En hostelería, donde el ticket simplificado por mesa es la práctica habitual, debe poder emitirse factura completa cuando el cliente la pida (típicamente, comidas de empresa). El sistema TPV debe permitirlo sin fricción. Faktora ofrece esta funcionalidad: simplificada por defecto, conversión a completa con un clic.
Ticket de TPV físico: requisitos
El comercio físico usa TPVs que imprimen tickets. Para que ese ticket sea factura simplificada válida, debe cumplir los requisitos del artículo 7. Muchos TPV antiguos imprimen tickets con datos incompletos (sin número correlativo correcto, sin tipo de IVA, sin fecha de operación). Con la entrada en vigor de VeriFactu y TBAI, los TPV deben actualizarse para incluir los registros antifraude. Eso ya no es opcional.
- Numeración correlativa: dentro de la serie de simplificadas.
- Fecha y hora: exacta de emisión.
- Identificación emisor: nombre comercial y NIF visibles.
- Tipo IVA: al menos uno aplicado y diferenciado.
- Total: contraprestación final clara.
- VeriFactu o TBAI: según territorio.
Simplificada electrónica
El RD 1619/2012 admite que la simplificada se emita en formato electrónico. En e-commerce, los recibos por email de compras pequeñas son simplificadas válidas si cumplen los requisitos. Para particulares, esto reduce papeleo y facilita la conservación. Para el emisor, simplifica la generación masiva (un script genera miles de PDFs sin intervención humana).
Tickets virtuales y RGPD
Cuando se emite simplificada electrónica enviada por email, se procesa el dato personal del cliente (su email). Eso encaja en la base legal de ejecución del contrato del RGPD: no necesita consentimiento adicional, pero sí información clara en la política de privacidad. Faktora gestiona este flujo con plantillas legales por defecto.
Errores típicos del autónomo con simplificadas
El autónomo medio comete cuatro errores recurrentes con simplificadas. Conocerlos evita problemas en cierres trimestrales y en eventuales inspecciones.
- Emitir simplificada por encima del umbral: > 400 € sin estar en sector especial. Inválida.
- No incluir tipo IVA: el dato es obligatorio incluso en simplificada.
- Reusar numeración con la serie general: mezcla SIM y FAC en la misma secuencia.
- No convertir cuando el cliente lo pide: si pide factura completa, debe haber procedimiento.
Comparativa final: cuándo emitir cada documento
Resumen práctico: simplificada cuando la operación es de menor cuantía y el cliente no necesita deducir; completa siempre que el cliente sea empresa o autónomo y vaya a deducir; rectificativa cuando hay error o devolución; recapitulativa cuando agrupas varias del mismo cliente. La regla de oro es preguntar al cliente si necesita factura completa antes de emitir, evitando trabajo posterior.
| Caso | Documento | Justificación |
|---|---|---|
| Cliente B2C ≤ 400€ | Simplificada | Cumple umbral |
| Cliente B2C hostelería ≤ 3000€ | Simplificada | Sector especial |
| Cliente B2B cualquier importe | Completa | Necesita deducir |
| Cliente B2B con simplificada y luego pide completa | Rectificativa o nueva completa | Permite deducción |
| Operación intracomunitaria | Completa | Necesita VAT receptor |
Cómo Faktora maneja simplificadas y tickets
Faktora ofrece flujo dual: por defecto emite factura simplificada en operaciones cubiertas por el umbral, con un botón «convertir a factura completa» que añade los datos del cliente. Genera registro VeriFactu/TBAI para ambos tipos, mantiene series separadas (SIM-2026 y FAC-2026), y exporta para conciliación bancaria y modelo 303. Para sector retail, integra con TPVs compatibles que imprimen el QR TBAI o el código VeriFactu en el ticket físico.
Saber cuándo emitir simplificada o completa es la diferencia entre un cierre limpio y un trimestre con rectificativas. Quien lo automatiza con software adecuado nunca duda. Empieza gratis 30 días con Faktora y emite simplificadas y completas con el régimen correcto desde el primer día. Más detalles en el módulo de facturación o revisa los planes sin compromiso.