Modelo 390: resumen anual del IVA para autónomos en 2026
¿Qué es el modelo 390?
El modelo 390 es la declaración informativa anual del IVA. No conlleva ingreso ni devolución: simplemente recopila lo declarado en los cuatro modelos 303 trimestrales del año y lo presenta en formato resumen para que Hacienda valide la coherencia entre lo trimestral y lo anual.
Si los 303 son las cuatro fotos trimestrales, el 390 es el álbum completo. Si las fotos no encajan, salta inspección. Por eso muchos autónomos lo subestiman y luego reciben requerimiento por descuadres tontos del orden de 50 € o 200 €.
¿Quién está obligado a presentar el 390?
En principio, todos los sujetos pasivos del IVA que presenten 303 trimestral. Sin embargo, hay exonerados en 2026 que conviene tener claros:
Exonerados del modelo 390
- Autónomos en módulos que no realicen actividades en régimen general.
- Autónomos en régimen general con volumen de operaciones < 6.010 € (residual).
- Sujetos que tributan solo por arrendamiento de bienes inmuebles urbanos y declaran trimestralmente.
- Sujetos que aplican el SII (Suministro Inmediato de Información) y declaran mensualmente.
Quién sí presenta
- Electricistas, fontaneros, microcementeros, reformistas y demás sectores en régimen general.
- Gestorías y servicios profesionales que facturan con IVA al 21%.
- Tiendas online en régimen general (no recargo de equivalencia).
- Cualquier autónomo en régimen general con volumen > 6.010 €.
Plazo de presentación en 2026
El plazo del 390 va del 1 al 30 de enero de 2026 para declarar el ejercicio 2025. Es decir, antes incluso del 303 del 4T (que se presenta hasta el 30 de enero también). En la práctica conviene presentar primero el 303 del 4T y a continuación el 390, en el mismo día si hace falta.
Calendario clave
- 1 de enero de 2026: apertura del plazo.
- 30 de enero de 2026: último día sin recargo.
- Mismo día: presentar 303 4T y 390 para que cuadren.
- Febrero en adelante: recargo 1% por mes hasta 12%.
Estructura del modelo 390
El 390 tiene 9 apartados. Para un autónomo medio, los más relevantes son:
| Apartado | Contenido | Casillas clave |
|---|---|---|
| 1 | Datos identificativos | NIF, ejercicio, periodo |
| 3 | Operaciones realizadas | Bases y cuotas devengadas |
| 4 | IVA deducible | Bases y cuotas soportadas |
| 5 | Resultado liquidaciones | Suma de los 4 trimestres |
| 6 | Volumen operaciones | Total año por tipo |
| 7 | Operaciones específicas | Intracomunitarias, exportaciones |
| 8 | Prorrata | Solo si actividad mixta |
Casillas que debes vigilar
Casilla 99: total bases imponibles devengadas
Suma de bases imponibles de todas las facturas emitidas durante el año. Debe coincidir con la suma de las casillas 01, 04 y 07 (según tipo IVA) de los cuatro 303 trimestrales.
Casilla 599: total cuotas a deducir
Suma de IVA soportado deducible. Debe cuadrar con casillas 28, 30, 32 y 35 de los cuatro 303 trimestrales.
Casilla 658: resultado anual
Diferencia entre IVA repercutido y soportado. Si los 303 trimestrales se han hecho bien, esta casilla refleja exactamente la suma del resultado de los cuatro trimestres.
Casilla 95: volumen operaciones
Es el indicador clave para saber si superas los 1.000.000 € (entras en SII) o quedas por debajo. También se usa para acreditar volumen ante bancos y clientes.
Cómo conciliar 390 con los 303 trimestrales
Este es el punto más delicado. Hacienda automatiza el cruce y cualquier desfase > 1 € puede saltar alerta.
Ejemplo: electricista en régimen general 2025
| Trimestre | Base devengada (21%) | IVA repercutido | Base soportada | IVA soportado |
|---|---|---|---|---|
| 1T | 14.000 € | 2.940 € | 4.500 € | 945 € |
| 2T | 22.500 € | 4.725 € | 7.200 € | 1.512 € |
| 3T | 11.000 € | 2.310 € | 3.800 € | 798 € |
| 4T | 18.500 € | 3.885 € | 5.500 € | 1.155 € |
| Total | 66.000 € | 13.860 € | 21.000 € | 4.410 € |
En el 390:
- Casilla 99 (bases devengadas) = 66.000 €
- Casilla 599 (cuotas a deducir) = 4.410 €
- Casilla 658 (resultado) = 9.450 €
Si tu suma de los cuatro 303 ingresó 9.450 €, todo cuadra. Si en el 390 sale 9.480 €, hay un descuadre de 30 € → requerimiento.
Los 7 errores típicos en el 390
- Olvidar facturas rectificativas de diciembre: si rectificas en enero pero corresponde a 2025, se incluye en el ejercicio anterior.
- Duplicar IVA soportado intracomunitario: ya se declaró en el 303 con autorrepercusión, no se vuelve a poner.
- Mal etiquetar tipo de IVA: pasar al 21% una operación al 10% (instalaciones de obra menor).
- Cuotas no deducibles: combustible o atenciones a clientes que no se pueden deducir 100%.
- Olvidar prorrata: si tienes actividades exentas y no exentas, hay que aplicar prorrata.
- Volumen operaciones mal calculado: hay que sumar también operaciones exentas y no sujetas.
- Casilla 662 mal usada: cuotas a compensar en ejercicios futuros, fácil de olvidar.
Caso práctico: gestoría con prorrata
Situación
Una gestoría factura el 80% en operaciones sujetas (servicios contables) y un 20% en formación exenta de IVA (curso a empresas con exención educativa). En 2025 ha tenido:
- Operaciones sujetas: 80.000 € + IVA 16.800 €
- Operaciones exentas: 20.000 € sin IVA
- Total IVA soportado: 6.000 €
Cálculo prorrata
Prorrata = 80.000 / (80.000 + 20.000) = 80%. IVA deducible = 6.000 × 80% = 4.800 €. El resto, 1.200 €, es coste no deducible.
Cómo se refleja en el 390
Casilla 599 = 4.800 €. Casilla 95 = 100.000 € (sujetas + exentas). En apartado 8 se indica prorrata 80%.
¿Y si estoy en módulos?
Los autónomos en estimación objetiva (módulos) presentan 303 trimestrales con cantidades fijas según el régimen simplificado pero no presentan modelo 390. En su lugar, en el 4T del 303 hacen una regularización anual con casillas específicas (47, 51 y 52).
Si combinas módulos para una actividad y régimen general para otra, presentas 303 con ambas y 390 solo por la parte en régimen general. Cuidado con marcar correctamente las casillas para que Hacienda entienda el desglose.
Cómo presentar el modelo 390
Vía sede electrónica AEAT
- Entrar en sede.agenciatributaria.gob.es con certificado o Cl@ve.
- Buscar Modelo 390 → Presentación ejercicio 2025.
- Cargar fichero TGVI generado por software o introducir manualmente.
- Validar saldos con los 303 ya presentados.
- Firmar y obtener justificante con CSV.
Software vs manual
Para un autónomo medio con 50-100 facturas al mes, hacerlo a mano es kamikaze. Faktora calcula el 390 a partir de los 303 ya cerrados, detecta descuadres y exporta el fichero listo para subir.
Sanciones por errores en el 390
| Infracción | Sanción | Reducción |
|---|---|---|
| No presentar (información) | Mínimo 300 €, máx 20.000 € | 30% si pago voluntario |
| Presentar fuera de plazo | 200 € (la mitad sin requerimiento) | 30% adicional |
| Datos inexactos | 150 € por error grave | 30% |
| Descuadre con 303 > 600 € | Inspección probable | — |
Checklist antes del 30 de enero
- Los cuatro 303 trimestrales presentados y conciliados.
- Bases imponibles del 390 = suma de los 303 (céntimo a céntimo).
- Cuotas deducibles cuadradas.
- Operaciones intracomunitarias declaradas también en 349.
- Prorrata calculada si tienes actividades exentas y no exentas.
- Volumen operaciones < 1.000.000 € (si superas, valoraciones SII).
- Justificantes de los 303 archivados.
Cómo Faktora automatiza el 390
Generar el modelo 390 a partir de Excel manual es la receta del descuadre. Faktora integra facturación, contabilidad y modelos: cuando cierras el 4T, el 390 ya está pre-calculado y solo tienes que firmarlo. Cero diferencias con los 303, cero requerimientos por euros de descuadre.
El 390 no debe ser un examen anual. Debería ser un trámite de 5 minutos consecuencia natural de llevar las facturas al día. Empieza gratis 30 días con Faktora y olvídate de cuadrar Excels el 29 de enero a las 11 de la noche.