Modelo 347 paso a paso: cómo declarar operaciones con terceros en 2026
¿Qué es el modelo 347?
El modelo 347 es la declaración anual informativa de operaciones con terceras personas que la Agencia Tributaria utiliza para cruzar datos entre proveedores y clientes. No conlleva pago: solo informa sobre quién te ha facturado y a quién has facturado tú durante el año natural cuando la suma con cada parte supera los 3.005,06 € (IVA incluido).
Es un instrumento de control típico de Hacienda. Si tú declaras que un proveedor te facturó 8.000 € y ese proveedor declara solo 6.000 €, salta una alerta y ambos podéis recibir un requerimiento. Por eso conviene cuadrar el 347 con cada cliente y proveedor antes del 28 de febrero.
¿Quién está obligado a presentar el 347?
Están obligados los autónomos y empresarios que durante el año natural hayan realizado operaciones con un tercero por importe total superior a 3.005,06 € IVA incluido. La obligación nace por cada relación bilateral, no por el volumen total facturado.
Casos típicos de obligación
- Un electricista que cobra 12.000 € a una constructora durante el año.
- Un fontanero que paga 4.500 € en materiales a un mismo proveedor de PVC.
- Una gestoría que factura 3.200 € en cuotas mensuales a un cliente recurrente.
- Un reformista que recibe 9.800 € de un mismo arquitecto subcontratista.
Quién NO presenta el 347
- Autónomos en recargo de equivalencia que no facturen operaciones por encima de 3.005,06 € a un mismo cliente.
- Autónomos en módulos que tributen solo en estimación objetiva y no emitan factura.
- Operaciones ya declaradas en otros modelos: 180 (alquileres con retención), 190 (rendimientos del trabajo), 296, 349 (intracomunitarias).
- Operaciones de exportación e importación.
- Suministros de agua, gas, electricidad cuando ya se incluyan en otro informativo.
El umbral de 3.005,06 €: cómo se calcula
El importe se calcula IVA incluido y por suma anual con cada parte. Es decir: si en abril facturas 1.500 € a un cliente y en octubre 1.700 € más, ya estás obligado a declararlo (3.200 € totales).
Ejemplo: instalador de microcemento con 4 clientes
| Cliente | Total año (con IVA) | ¿Se declara? |
|---|---|---|
| Reformista A | 3.150 € | Sí |
| Estudio arquitectura B | 2.800 € | No |
| Promotora C | 14.500 € | Sí |
| Particular D | 4.200 € | Sí |
Solo aparecerán en el 347 los clientes A, C y D. El cliente B queda fuera por no llegar al umbral. Ojo: aunque el cliente sea un particular sin actividad económica, también se incluye si supera los 3.005,06 €.
Plazos de presentación en 2026
El plazo es del 1 al 28 de febrero de 2026 para declarar operaciones del ejercicio 2025. Es un plazo único y no admite presentación trimestral.
Calendario clave
- 1 de febrero de 2026: apertura del plazo.
- 28 de febrero de 2026: último día para presentar sin recargo.
- Marzo en adelante: presentación fuera de plazo, con recargo del 1% por mes hasta el 12% (sin requerimiento previo de Hacienda).
Casillas A y B: claves del modelo
El 347 distingue dos tipos de operaciones por cliente o proveedor:
Casilla A: adquisiciones
Aquí van las compras y servicios contratados por el autónomo. Es decir, lo que tú has pagado a cada proveedor durante el año. Se anota el importe total con IVA incluido por cada NIF.
Casilla B: entregas
Aquí registras lo que tú has facturado a cada cliente. También con IVA incluido y por NIF. Si un mismo NIF aparece como cliente y proveedor (poco frecuente), declaras ambos importes en filas separadas.
Tabla resumen casillas
| Concepto | Casilla | Ejemplo |
|---|---|---|
| Compras a proveedor | A | Materiales 7.500 € IVA incluido |
| Ventas a cliente | B | Reforma facturada 11.200 € |
| Cobros en metálico > 6.000 € | Marca específica | Anticipo de obra 7.000 € efectivo |
| Local en alquiler | Casilla específica | Indicar referencia catastral |
Desglose trimestral: la trampa que pillan a muchos
Aunque el 347 es anual, debes desglosar el importe de cada operación por trimestres. Así Hacienda cruza la información con el modelo 303 trimestral. Si un cliente te paga 12.000 € repartidos en cuatro pagos, lo correcto es:
- 1T: 3.000 €
- 2T: 3.000 €
- 3T: 3.000 €
- 4T: 3.000 €
Si pones todo en 4T, la suma anual coincide pero el cruce trimestral con el 303 te delatará. Hacienda detecta inconsistencias y abre requerimiento.
Operaciones especiales que conviene revisar
Operaciones de seguros y arrendamientos
Las primas de seguros se declaran en una casilla específica. Los arrendamientos urbanos sujetos a retención (modelo 180) NO van al 347, pero sí los locales sin retención. Conviene cruzar siempre con tu gestor o con el modelo 180.
Pagos en metálico superiores a 6.000 €
Cualquier cobro en efectivo de un mismo cliente que supere los 6.000 € en el ejercicio debe marcarse específicamente. Hacienda lo cruza con la limitación legal de pagos en efectivo (1.000 € si una de las partes es empresario).
Subvenciones públicas
Las subvenciones recibidas de la Administración deben declararse en casilla específica si superan 3.005,06 €. Aquí aparece el NIF del organismo público correspondiente.
Los 6 errores más típicos del autónomo en el 347
- Olvidar IVA incluido: muchos calculan el umbral sobre base imponible y se quedan fuera por error.
- No desglosar trimestres: aunque el modelo es anual, falta el cuadre trimestral.
- Duplicar operaciones ya declaradas en 180 o 349: alquileres con retención e intracomunitarias no van al 347.
- NIF mal escrito: el cruce automatizado falla y salta requerimiento. Verifica letra del DNI/NIF.
- Fechas erróneas: declarar como 2025 una factura de diciembre cobrada en enero. Se va por devengo, no por cobro.
- Olvidar particulares: si un cliente sin actividad supera los 3.005,06 €, también va.
Cómo presentar el modelo 347 paso a paso
Vía online con certificado
Se presenta exclusivamente por sede electrónica de la AEAT con certificado digital o Cl@ve. No se admite papel ni presencial.
- Acceder a sede.agenciatributaria.gob.es.
- Buscar Modelo 347 → Presentación ejercicio 2025.
- Cargar fichero TGVI o introducir registros manualmente.
- Validar errores formales (NIFs, importes, trimestres).
- Firmar con certificado y obtener justificante con CSV.
Si tienes pocos registros
El propio formulario web admite hasta 15 registros directamente. Para más, se sube un fichero TGVI generado por software (Faktora exporta el fichero listo para presentar). Esto evita el error humano de teclear NIFs uno a uno.
Consecuencias de no presentar o presentar mal
| Situación | Sanción base | Notas |
|---|---|---|
| No presentar | 20 € por dato omitido (mín 300, máx 20.000 €) | Si presentas tras requerimiento: doble |
| Presentar fuera de plazo sin requerimiento | 50% sanción reducida | Aplican recargos del 1% al 12% |
| Datos inexactos | 150 € por dato erróneo | Falsedad o NIF inválido |
| Presentar en papel (no admitido) | Inadmitida + sanción | Solo telemática |
Llevar la contabilidad al día con un software como Faktora evita estos errores: el sistema agrupa automáticamente operaciones por NIF y trimestre, y avisa cuando un cliente o proveedor supera el umbral.
Cómo conciliar el 347 con el 303 trimestral
El cruce trimestral entre 347 y 303 es donde más suspicacias levanta Hacienda. Si en el 303 del 2T declaraste IVA repercutido por 21.000 € en base imponible, la suma de las casillas B del 347 correspondientes al 2T debería aproximarse a 25.410 € (21.000 + 21% IVA). Diferencias mayores al 5% disparan revisión.
Buenas prácticas para cuadrar
- Antes del 28 de febrero, exporta listado de facturas emitidas y recibidas por cliente/proveedor y trimestre.
- Suma IVA incluido por NIF y trimestre.
- Compara con base + IVA del 303 trimestral.
- Identifica desviaciones > 5%: suelen ser facturas rectificativas o errores de fecha.
Cómo Faktora simplifica el 347
El 347 deja de ser un dolor cuando tu software factura, contabiliza y agrupa operaciones por NIF en tiempo real. Faktora calcula automáticamente quién supera el umbral, desglosa trimestralmente y genera el fichero TGVI listo para subir a la AEAT. Cero hojas de Excel, cero NIFs mal copiados.
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